El derecho romano

Las leyes que todavía rigen tu vida sin que lo sepas

⏳ 451 a. C. – 534 d. C.Antigüedad clásica📍 Foro Romano, Roma

De las Doce Tablas a la compilación de Justiniano, Roma creó el sistema jurídico más influyente de la historia. Los códigos civiles de Europa y América Latina, incluido el paraguayo, descienden de él.

Las Doce Tablas

Durante los primeros siglos, las leyes de Roma eran costumbres que solo conocían los pontífices patricios, que las interpretaban a su favor. Los plebeyos exigieron que se pusieran por escrito. En el 451–450 a. C. un comité de diez hombres, los decenviros, redactó la Ley de las Doce Tablas, que se expuso en el Foro grabada en tablas de bronce (o de madera, según algunas fuentes) para que todos pudieran leerla.

Las tablas originales se perdieron, probablemente en el saqueo galo del 390 a. C., pero se conservan fragmentos citados por autores posteriores. Regulaban los juicios, las deudas, la herencia, la familia y los daños. Había reglas duras, como la que permitía al acreedor encadenar al deudor insolvente, y otras sorprendentemente modernas, como el derecho a citar a juicio o la prohibición de leyes dirigidas contra una sola persona. Cicerón recordaba que de niño tenía que aprenderlas de memoria.

El genio de los pretores y los juristas

La gran originalidad romana no fueron las leyes votadas, sino la manera de crear derecho caso a caso. Cada año, el pretor publicaba un edicto en el que anunciaba qué acciones judiciales admitiría. Así el derecho se adaptaba a la vida real sin necesidad de nuevas leyes. Desde el 242 a. C. hubo además un pretor peregrino para juzgar pleitos con extranjeros, del que nació el ius gentium, un derecho común a todos los pueblos, base de la idea moderna de derecho internacional. Hacia el 130 d. C., el emperador Adriano encargó al jurista Salvio Juliano fijar definitivamente el texto del edicto: el Edicto perpetuo.

Los verdaderos protagonistas fueron los jurisconsultos, expertos que respondían consultas y escribían tratados. Los más célebres vivieron entre los siglos II y III d. C.:

  • Gayo, autor de las Instituciones (c. 161 d. C.), un manual para estudiantes redescubierto completo en 1816 en un palimpsesto de Verona.
  • Papiniano, considerado el más agudo; Caracalla lo hizo ejecutar en el 212 por negarse a justificar el asesinato de su hermano Geta.
  • Ulpiano y Paulo, cuyos textos forman casi la mitad del Digesto.

Dato curioso: la definición de justicia que se enseña aún en las facultades de derecho es de Ulpiano: Iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi, «la justicia es la voluntad constante y perpetua de dar a cada uno su derecho».

Conceptos que inventaron

Muchos términos y principios jurídicos actuales nacieron en Roma: la distinción entre derecho público y privado, la propiedad frente a la posesión, el contrato, la obligación, la persona jurídica, el testamento, la prescripción. También el germen de principios como in dubio pro reo: el Digesto ya afirma que es preferible dejar impune a un culpable antes que condenar a un inocente. Y la idea de que la carga de la prueba corresponde a quien afirma, expresada en el Digesto.

Justiniano: el gran rescate

Tras la caída de Occidente, fue un emperador de Constantinopla quien salvó ese tesoro. Justiniano I encargó a su ministro Triboniano y a una comisión de juristas reunir todo el derecho romano. Entre 529 y 534 publicaron lo que desde el siglo XVI se llama Corpus Iuris Civilis:

  1. Código: las leyes imperiales vigentes.
  2. Digesto o Pandectas (533): 50 libros de extractos de los juristas clásicos. Según el propio Justiniano, se redujeron unos 2.000 libros y 3 millones de líneas a unas 150.000.
  3. Instituciones: un manual para estudiantes.
  4. Novelas: las leyes nuevas de Justiniano.

De Bolonia a Asunción

En Occidente el Digesto casi desapareció durante siglos, hasta que reapareció un manuscrito en Italia en el siglo XI. Hacia 1088, el maestro Irnerio comenzó a enseñarlo en Bolonia, en lo que se considera el origen de la universidad europea más antigua. Los glosadores y sus sucesores difundieron el derecho romano por todo el continente, mezclado con el derecho canónico y las costumbres locales.

De esa tradición nacieron el Código Civil francés de Napoleón (1804), el alemán (1900) y los de América Latina. Paraguay adoptó en el siglo XIX el Código Civil argentino de Dalmacio Vélez Sarsfield, profundamente romanista, y lo usó hasta que entró en vigor su propio Código Civil en 1987, que sigue la misma tradición. Cada vez que alguien firma un contrato de alquiler, hace un testamento o compra una casa en Asunción, usa categorías pensadas por juristas romanos hace casi dos mil años.

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¿Por qué los plebeyos exigieron las Doce Tablas?